PERITOS JUDICIALES GEÓGRAFOS
CONVOCATORIA PARA ACTUAR EN CASTILLA Y LEÓN EN EL AÑO 2019
NOVEDAD. Actualizado a 19 de diciembre de 2018.
Ya está disponible la lista definitiva de colegiados que han solicitado actuar como perito judicial en Castilla y León.
Se puede encontrar el listado provisional en http://cyl.geografos.org/es/documentacion-colegial.php (Acceso restringido a personas colegiadas).
La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en sus artículos 335 al 352, regula el peritaje judicial. En concreto, el artículo 342 prevé que se instará de los Colegios profesionales que remitan una lista de colegiados o asociados dispuestos a actuar como peritos judiciales. En este sentido, se procede a la convocatoria para la formación de la Lista de Peritos Judiciales del Colegio de Geógrafos para actuar en el año 2019.
Condiciones:
- Ser colegiado/a del Colegio de Geógrafos en pleno ejercicio de sus derechos y no estar incurso en causa de incapacidad, incompatibilidad ni inhabilitación legal o deontológico.
- Estar al corriente de las obligaciones colegiales.
- Estar al corriente en el cumplimento de sus obligaciones tributarias y de la seguridad social.
- No estar incurso en ninguna incompatibilidad profesional.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA ACTUAR EN CASTILLA Y LEÓN:
- Solicitud de Incorporación y Declaración Jurada.
- Currículum simplificado (máximo tres páginas).
- Certificado de contratación de un seguro de responsabilidad civil (o en su defecto, el recibo bancario del mismo en el que conste la fecha de vencimiento).
Par solicitar actuar como perito judicial en otra CCAA. Consulta la información publicada sobre la convocatoria de peritos 2019 en www.geografos.org
IMPRESOS:
Se pueden descargar en el siguiente enlace restringido para personas colegiadas:
http://cyl.geografos.org/es/documentacion-colegial.php
- Solicitud incorporación al listado de Peritos Geógrafos 2019
- Anexo. Solicitud Zona de Actuación Peritos Geógrafos 2019
¿DÓNDE ENVIAR LA DOCUMENTACIÓN?A castillayleon@geografos.org
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y FECHAS DE PUBLICACIÓN DE LISTAS.
Plazo solicitud de incorporación: del 14 al 28 de noviembre de 2018.
Publicación listados provisionales: viernes 30 de noviembre de 2018.
Plazo reclamaciones: del 1 al 15 de diciembre de 2018.
Resolución reclamaciones: 17 y 18 de diciembre de 2018.
Publicación listados definitivos: miércoles 19 de diciembre de 2018 en www.cyl.geografos.org y www.geografos.org
– Listas provisionales: serán publicadas el viernes 30 de noviembre de 2018. Cada Delegación Territorial publicará la lista de peritos en zona restringida de su Web. Las listas también estarán publicadas en zona restringida de www.geografos.org.
Se podrá interponer alegaciones y/o reclamaciones ante la Comisión Permanente del Colegio de Geógrafos, mediante el correo electrónico info@geografos.org, dentro del plazo establecido para ello, que se iniciará en el momento de publicar el listado provisional en Web y se prolongará durante los quince días naturales posteriores.
– Listas Definitivas: valoradas las alegaciones y/o reclamaciones presentadas, la Junta de Gobierno del Colegio de Geógrafos (o en su defecto la Comisión permanente de la Junta de Gobierno, la cual deberá elevar a la Junta la pertinente ratificación) aprobará la lista definitiva de peritos judiciales geógrafos, que será publicada en www.geografos.org el miércoles 19 de diciembre de 2018.
Las listas provisionales y definitivas de peritos judiciales geógrafos en las Comunidades Autónomas con Delegación Territorial del Colegio de Geógrafos, serán aprobadas por sus respectivas Juntas Territoriales y posteriormente ratificadas por la Junta General del Colegio de Geógrafos.
Enlace: Reglamento sobre registro de geógrafos peritos judiciales
ANEXO: INSTRUCCIONES PARA EL PERITAJE JUDICIAL
1.- Principios generales.
El geógrafo que sea designado perito judicial deberá actuar con la mayor objetividad posible y tendrá en cuenta tanto lo que pueda favorecer como lo que pueda ser susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes. Asimismo, ajustará su actuación a las exigencias de ética u dignidad profesional, con el respeto debido a los derechos de las partes y al interés general. Además, deberá cumplir fielmente los deberes que le imponen la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil y otras normas aplicables, dando a conocer al órgano judicial las causas de recusación o de tacha en que pudiera incurrir.
2.- Aceptación y desempeño del peritaje.
Antes de prestar su aceptación, el geógrafo deberá comprobar si su especialidad y experiencia comprenden los conocimientos científicos, técnicos o prácticos necesarios para valorar los hechos o circunstancias relevantes del asunto para el que haya sido designado.
Una vez aceptado el encargo, el geógrafo no podrá renunciar salvo causa justificada y aceptada por el órgano judicial correspondiente. La renuncia deberá ser comunicada por el geógrafo al Colegio de Geógrafos. El peritaje deberá desempeñarse personalmente, sin perjuicio de las colaboraciones que pueda solicitar el geógrafo y que, en su caso, sean autorizadas por el órgano judicial correspondiente. El perito deberá emitir su dictamen por escrito en el más breve plazo posible, siempre dentro del que le haya sido fijado por el órgano judicial.
3.- Obligaciones colegiales de los geógrafos designados y nombrados peritos judiciales.
Los geógrafos inscritos en la lista de los peritos judiciales deberán comunicar por escrito al Colegio de Geógrafos cada una de las designaciones realizadas a su favor por los juzgados y tribunales, y la aceptación o rechazo del nombramiento. La comunicación comprenderá el órgano judicial, el asunto de que se trate, así como si la designación se ha hecho de oficio o a instancia de parte. Deberán asimismo presentar el dictamen pericial para que sea visado por el Colegio de Geógrafos. El perito judicial estimará sus honorarios ponderando las circunstancias o factores concurrentes en cada caso, como el trabajo profesional realizado, su mayor menor complejidad, y tiempo empleado.